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Contrato

contrato

Extracto de Contrato de Adhesión para la Prestación de Servicios Turísticos

C L A U S U L A S

KROA TOUR

Registro SECTUR: 04090031771 emitido el 13 de jul 2023

PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO: KROA se compromete y obliga a los servicios o paquetes de servicios turísticos que se detallan en el anverso de este documento y que en conjunto conforman un viaje combinado al solicitar los servicios que se especifican en el anverso de este contrato y de acuerdo a la disponibilidad de los mismos, a contratarlos por cuenta del CLIENTE, fungiendo como intermediario entre éste y las entidades  encargadas de proporcionarlos directamente como Transportistas, Hoteles, Restaurantes, Arrendadoras de Automóviles, Guías de Turistas; etc.

 

SEGUNDA- El CLIENTE acepta que la intervención de KROA sea exclusivamente con carácter de intermediaria entre los prestadores directos de los servicios solicitados y señalados al anverso de este contrato y el propio CLIENTE.

TERCERA.- El CLIENTE se compromete a respetar los reglamentos, reglas o condiciones establecidas por cada uno de los prestadores de los servicios contratados por intermediación de KROA y ésta deberá hacer del conocimiento del CLIENTE, las que sean las más importantes de dichas reglas.

 

CUARTA.- VIGENCIA DEL CONTRATO: Es definida, al tener una vigencia determinada el Cliente lo da por terminado con el último día de servicio.

 

QUINTA.- CONSULTA DE INFORMACIÓN Y ATENCIÓN AL CLIENTE:  KROA tiene los siguientes medios de consulta.

  • Atención a consulta de Control de Calidad disponible las 24 horas del día en el número telefónico vía whatsapp +52 5573757340, así como correo electrónico contacto@kroa.net y página internet www.kroa.net

SEXTA.-  PRECIO Y MODALIDADES DEL SERVICIO: será el que se especifica y desglosa en el anverso de este contrato. En el precio no quedan incluidos más que los conceptos expresamente especificados, el Impuesto al Valor Agregado y el Impuesto de Uso de Aeropuerto (I. V. A. y T. U. A.) cuando así se indique. No queda comprendido en dicho precio el importe de otro tipo de impuestos o derechos como son los Impuestos de Ingreso y Salida de los países de destino o de tránsito; los Impuestos de Uso de Barcos, Ferrys, Transbordadores, Cruceros o cualquier tipo de embarcación; Impuestos o derechos para entradas a parque nacionales, reservas de la biósfera y en general ningún concepto que no esté expresamente especificado en el anverso de este documento.

 

De manera enunciativa y no limitativa, la tarifa tampoco incluye Alimentos (salvo cuándo está especificado), transportación entre el domicilio del CLIENTE y el aeropuerto de su comunidad o localidad, o viceversa, cargo de sobre equipaje, maletero en el aeropuerto, teléfono o uso de películas en el hotel, lavandería, valet, servicio a cuarto, impuestos, recorridos opcionales, seguro, ningún costo derivado de la ausencia o desviación del itinerario por cualquier razón, incluida enfermedad, cualquier costo no especificado, propinas de cualquier tipo, cama adicional u otro tipo de cama, impuestos y derechos en aeropuertos, cargos de seguridad, etc.

OCTAVA.- En mérito de lo anterior, ambas partes convienen en que si por causas de fuerza mayor o casos fortuitos, los prestadores de los servicios contratados no pudieran proporcionarlos parcial o totalmente, KROA solo gestionará por cuenta del CLIENTE el reembolso del importe que proceda, quedando relevada de cualquier responsabilidad o compromiso.

 

NOVENA.- Ambas partes convienen en que KROA declina toda responsabilidad por cancelaciones y atrasos derivados de huelgas, terremotos, cuarentenas, guerras, actos terroristas, sobreventa de vuelos, sobreventa de hoteles o medios de transporte y demás casos fortuitos o de fuerza mayor, así como cualquier pérdida, daño, accidente o irregularidad que pudiera ocurrir a los viajeros, a sus pertenencias y en general por cualquier hecho de la naturaleza o acto del hombre que no le sea imputable y en especial cualquier responsabilidad derivada de:

 

               1.- Cualquier demora o cambio de programas o itinerarios;

               2.- Crisis económica, política, malestar social, huelgas, actos terroristas, cambios económicos, mantenimiento de equipos o instalaciones, clima extremo, leyes locales, enfermedades, cuestiones insólitas, situaciones supervenientes.

               3.- Ausencia de documentos para el viaje, tales como pasaportes, visas y certificados de salud dónde sea solicitado y los casos en que el cliente o turista decida la cancelación y el pago de los cargos correspondiente.

               4.- Errores o malos entendidos del cliente o turista para seguir las instrucciones incluyendo las horas de arribo y salida a los puntos del itinerario.

               5.- Cancelaciones o cargos en los servicios ofrecidos por el tour o recorrido; por cualquier razón no imputable a KROA.

               6.- Problemas de discapacidad, médicos o de salud de los clientes o turistas. KROA no es responsable de proveer especiales facilidades o servicios en estos casos.

               7.- Convenios adicionales que se hayan celebrado entre el CLIENTE y los prestadores directos de los servicios, como son Aerolíneas, Hoteles, Transportistas en general, Arrendadores de Autos, Guías de Turistas, Restaurantes, etc.

               8.- Convenios celebrados entre el CLIENTE y el usuario final de los servicios; entendiendo por este último, a la persona física que recibe efectivamente el servicio del prestador del mismo; cuando el CLIENTE sea una persona distinta de éste.

               9.- En general, de cualquier trato, convenio, contrato, compromiso o pacto que no haya celebrado directa y expresamente; y por escrito.

 

Ambas partes convienen que, de acuerdo a las bajas tarifas de KROA y/o sus Representantes asumen la vigencia y validez de esta cláusula de no responsabilidad y tanto KROA como sus clientes, están de acuerdo con esta cláusula de no responsabilidad.

 

En los casos a que se refiere la presente cláusula, KROA se compromete a coadyuvar con el cliente en la presentación de cualquier tipo de reclamo hacia los responsables de los incidentes de que se trate, en estricto apego a la Norma Oficial Mexicana en la materia.

 

DÉCIMA.- Si sobreviniere un daño, herida o accidente por causas que le sean imputables a los prestadores directos de los servicios como negligencia, impericia, incumplimiento de obligaciones, etc.; y cuando sea solicitado por escrito, KROA se compromete a coadyuvar en el reclamo de las indemnizaciones que procedieren conforme a derecho si el prestador directo del servicio se negare a hacer dichos pagos, quedando limitada la responsabilidad de KROA, a su mediación en la tramitación del pago de tales indemnizaciones a cargo de los prestadores directos de los servicios. Cuando dentro de los servicios contratados se encuentre un seguro, se estará al contenido de la póliza respectiva para solventar cualquier responsabilidad propia o ajena en esta materia.

 

UNDÉCIMA.- El CLIENTE acepta y firma la reservación a través del Modelo de Confirmación de Tarifa, mediante el cual se especifica la oferta comercial y sus beneficios que serán Paquete Turístico, Hoteles, Números de Noche, Alimentos y Traslados, los que se describen y forman parte del anverso de este contrato. Ambas partes convienen que cuando se confirma la reservación será considerada como final.

 

Si a la confirmación hay que efectuarle cambios y/o modificaciones a solicitud del CLIENTE, dichos cambios o modificaciones deberán solicitarse antes de que la reservación se considere final. Todo cambio o modificación está sujeta a los siguientes cargos, los cuales se compromete a cubrir el CLIENTE:

 

  1. a) Cargo administrativo a favor de KROA de $50.00 (CINCUENTA DÓLARES 00/100 U. S. D.) por reservación, por el manejo del cambio, cancelación y reexpedición de documentos.
  2. b) Cargos de Cancelación, Cambio o Revisión que establezca cada uno de los prestadores de servicios tales como, aerolínea, el hotel, y servicios terrestres, de acuerdo a sus Políticas Internas y vigentes al momento de la cancelación, cambio o revisión solicitada por el CLIENTE; y que se señalan en el anverso del presente contrato. El pago de los cargos puede ser efectuado directamente a los Prestadores del Servicio o realizarlos a través de

DUODÉCIMA. –  El CLIENTE deberá cubrir los anticipos en el tiempo marcado como tiempo límite para depósito y/o pago total. Cuando no se tenga marcado un tiempo límite, todos los servicios solicitados deberán ser pagados en su totalidad al menos con 7 (siete días hábiles) de antelación al inicio de los mismos, para el efecto de que KROA se encuentre en termino para organizar y cumplir los servicios en los términos y condiciones contratadas por el CLIENTE. Cuando el CLIENTE, el usuario del servicio o su Agencia de Viajes realice pagos mediante depósito directo en nuestras cuentas bancarias señaladas en el anverso del presente contrato, ésta deberá enviar por fax legible y/o correo electrónico y/o cualquier medio electrónico establecido para este fin, la ficha del depósito incluyendo los datos completos de la reservación y reconfirmar que se haya recibido y el pago no surtirá efectos sino hasta que sea abonado a la cuenta de KROA.

 

Ambas Partes convienen en que el pago de los servicios objeto de este contrato no se admitirán nunca y bajo ningún concepto, cheques extranjeros.

Toda reservación deberá garantizarse de acuerdo a ambas partes con un anticipo por la cantidad equivalente al 50% (cincuenta por ciento) del precio total de los servicios solicitados. El saldo del precio deberá ser liquidado al menos con 7 (siete días naturales) de anticipación a la fecha de inicio del viaje.

 

DÉCIMA TERCERA.- Cuando KROA sea la que cancele un viaje o excursión de cualquier naturaleza por causas totalmente ajenas al CLIENTE y al prestador directo del servicio y que le sean únicamente imputables a la propia KROA, ésta se obliga a reembolsar a aquél la totalidad de los anticipos o pagos que haya efectuado o en su defecto entregar documentos que amparen el viaje emitido para el CLIENTE, siendo esta su única responsabilidad. Cuando la cancelación no le sea imputable a KROA, ésta quedará relevada de cualquier responsabilidad con los pasajeros.

 

DÉCIMA CUARTA.- Si la responsabilidad o causa de la cancelación recae en los prestadores directos de los servicios, KROA quedará relevada de la responsabilidad descrita en la cláusula que antecede, pero deberá auxiliar al CLIENTE a conseguir los servicios que solucionen su emergencia o que lo trasladen de regreso y desde luego coadyuvará con el propio CLIENTE, para reclamar del prestador directo del servicio los reembolsos o las indemnizaciones que correspondan conforme a la Ley, mediando únicamente en la tramitación de tales reembolsos  o indemnizaciones. Dicha obligación no entraña la de pagar los gastos que dichos servicios generen, sino únicamente la de asesorar y orientar al cliente, desplegando todos los esfuerzos razonables en tal sentido. En caso de que el prestador directo del servicio demuestre fehacientemente que la responsabilidad de la cancelación fue propia y exclusiva de KROA, ésta deberá realizar al CLIENTE, los pagos que procedan conforme a la Ley. En todo caso KROA queda obligada a demostrar que se remitieron los fondos o pagos a los prestadores directos de los servicios, a sus representantes o a los operadores de los paquetes de servicios correspondientes y el CLIENTE queda obligado a demostrar que dichos fondos o pagos se entregaron a KROA.

DÉCIMA QUINTA.- Ambas partes convienen que el pago de anticipos o la liquidación del importe de los servicios objeto de este contrato por parte del CLIENTE; la aceptación o uso de este contrato, de cupones, boletos o cualquier otro documento expedido en su favor con motivo del mismo o la simple utilización de los servicios que constituyen su objeto; implica la aceptación de su parte, a las condiciones a que el presente contrato se refiere.

 

DÉCIMA SEXTA.- KROA contratará los servicios a que se refiere este contrato precisamente, por cuenta del CLIENTE y en las calidades o categorías contratadas, en cuanto se refiere a Aerolíneas, Hoteles, Transportistas de cualquier género, Arrendadoras de Automóviles, Guías de Turistas y en general al prestador directo de cualquier servicio, independientemente de la persona de éste, salvo que expresamente se convenga que éstos sólo podrán ser prestados por un proveedor determinado y que no pueda substituirse éste por ningún motivo.

 

Por tratarse de un viaje combinado, los servicios a que se refiere el presente contrato podrán prestarse en el orden del itinerario que para estos efectos es únicamente ilustrativo, o en cualquier otro; siempre que se preste la totalidad de los servicios y se respete la calidad de los mismos.

 

DÉCIMA SÉPTIMA.- Este contrato se rige por el principio de que su cumplimiento no puede quedar al arbitrio de una sola de las partes. Por lo tanto, KROA no está obligado a cancelar el mismo por la simple solicitud unilateral del CLIENTE. Solamente podrá cancelarse la operación a solicitud unilateral del CLIENTE, si éste acepta y realiza el pago de los cargos de cancelación a favor de KROA o de quien sus derechos representen, conforme a las siguientes prevenciones:

 

1.- En cualquier momento que se efectue la cancelación hasta 3 (tres) días antes de la fecha del servicio, se cobrará el depósito efectuado.

 

2.- Las cancelaciones efectuadas dentro de los 2 (dos) días previos a la fecha del servicio, se cobrará el 100% del total del servicio.

 

DÉCIMA OCTAVA.- Las políticas a que se refiere la cláusula inmediata anterior no son aplicables a servicios contratados para grupos o con servicios especiales. En estos casos se estará a las condiciones establecidas por los prestadores de cada uno de los servicios contratados, como lo son la aerolínea, el hotel y los servicios terrestres de los cuales KROA se sirva contratar para el cumplimiento del servicio contratado y señalado en el anverso del presente contrato. 

 

DÉCIMA NOVENA.- Es responsabilidad exclusiva de EL CLIENTE y de los pasajeros, proveerse por medios propios de los pasaportes o documentos de migración requeridos por las autoridades de cualquiera que fuere su país de origen, destino o tránsito, tales como pasaportes, visas, permisos sanitarios, etc., situación que se dará a conocer a EL CLIENTE a través de la hoja de confirmación del servicio contratado y señalado en el anverso del presente contrato, la misma será entregada en el momento en que se confirma la reservación del servicio por parte del CLIENTE y que el mismo se compromete a hacer del conocimiento del usuario final de los servicios contratados. Asimismo, EL CLIENTE se compromete a presentarse en los aeropuertos y documentarse ante las aerolíneas con tres horas de anticipación a la salida de cada vuelo si se trata de vuelos internacionales y con dos horas de anticipación si se trata de vuelos nacionales o en cualquiera de ambos casos con la anticipación que expresamente se le indique en su documentación cuando ésta deba ser mayor por necesidades del servicio contratado.

 

VIGÉSIMA.- Ambas partes convienen en que el objeto de este contrato lo constituyen los servicios o paquetes de servicios turísticos que se publican a través de nuestros medios digitales e impresos con todas las condiciones y vigencias de precios aplicables y tipo de servicio, y que en conjunto conforman un viaje combinado, KROA determinará el orden en que hayan de prestarse dichos servicios para un mejor desarrollo de los mismos, pudiendo hacer los ajustes que sean necesarios por causas que así lo justifiquen, siempre y cuando respete la cantidad y calidad de los mismos y el total de los que integran los paquetes contratados. Cuando el pasajero haya utilizado los servicios objeto del contrato se entenderá que recibió el aviso y estuvo conforme con el mismo.

 

VIGÉSIMA SEGUNDA – Los cargos a que se refiere la cláusula undécima y décima séptima del presente contrato, serán pagaderos por el CLIENTE, en Moneda Nacional, en los términos convenidos en la cláusula décima octava que antecede y podrán ser aplicados directamente por KROA al efectuar los reembolsos que procedan. Los cargos por cambio deberán pagarse por adelantado.

 

VIGÉSIMA TERCERA.- En la cancelación de los servicios y en los cambios de las reservaciones confirmadas, solicitadas por EL CLIENTE, se seguirán las siguientes reglas.

 

  1. a) Se requerirá el consentimiento por escrito de KROA conforme al procedimiento establecido en el inciso f) de la presente cláusula.
  2. b) KROA queda autorizada por EL CLIENTE, para descontar de las cantidades recibidas de éste, el importe de cualquier cargo y para entregarle únicamente la diferencia resultante, en caso de cancelación y en concepto de reembolso.
  3. c) Si la cantidad que resultare como cargo de cancelación fuere superior a la recibida del CLIENTE, este último deberá liquidar inmediatamente a KROA, la diferencia que resulte.
  4. d) Toda solicitud de cancelación deberá hacerse por escrito que se entregará a KROA, la que deberá emitir contestación dentro del plazo de diez días hábiles contados desde que reciba la solicitud. A falta de respuesta dentro del plazo señalado, se entenderá que la cancelación no fue aceptada.
  5. e) En el caso de cambio del titular de la reservación, ésta se considerará aceptada por KROA en el momento en que EL CLIENTE le haga el pago de los cargos que correspondan conforme a las cláusulas inmediatas anteriores.
  6. f) Fuera de los casos y con la aplicación de los cargos a que se refiere el presente contrato, EL CLIENTE no podrá cancelar el mismo unilateralmente.
  7. g) Si se contrata y/o reserva con una anticipación a la salida menor a los plazos previstos para la cancelación con reembolso, el contrato o la reservación respectiva no serán cancelables.

VIGÉSIMA CUARTA – Ambas partes convienen que tanto en los boletos, cupones de servicio o cualquier otro documento que se expida con motivo de este contrato como en los folletos, catálogos, folletos electrónicos y en general en cualquier medio por el cual se promuevan los servicios de viaje de KROA; deberá contener los datos de inscripción del contrato ante el Registro Público de Contratos de Adhesión de la Procuraduría Federal del Consumidor, para los efectos del cumplimiento según lo previsto en la Política de Compensación por Demoras y Retrasos de Vuelos, se rigen por la reglamentación de la aerolínea, con la finalidad de registrar las compensaciones que habrán de otorgarse al CLIENTE afectado por demoras o retrasos, superiores a una hora e inferiores a cuatro, fuera de los casos de cancelación previstos de este contrato.

 

VIGÉSIMA QUINTA.- Queda entendida que la relación contractual derivada del presente contrato y en consecuencia los derechos y obligaciones que se desprenden del mismo, existen únicamente entre KROA y el CLIENTE.

 

VIGÉSIMA SEXTA.- Independientemente de quién sea responsable de cualquier acontecimiento que pueda afectar al usuario de los servicios objeto del presente contrato durante la prestación de los mismos; de la naturaleza de dicha responsabilidad y de que KROA pueda quedar relevada de la misma, conserva en todo tiempo la obligación de auxiliar al cliente o al usuario del servicio a conseguir en donde se encuentre, los servicios que solucionen su emergencia o que lo trasladen de regreso. Dicha obligación no entraña la de pagar los gastos que dichos servicios generen, sino únicamente la de asesorar y orientar al cliente, desplegando todos los esfuerzos razonables en tal sentido.

 

VIGÉSIMA SÉPTIMA.- Cuando el usuario del servicio sea una persona distinta al CLIENTE, éste último se obliga a informar suficientemente al primero, el contenido de este contrato y a transmitirle a éste toda la información sobre sus obligaciones o condiciones para prestar el servicio, las mismas que le serán proporcionadas por KROA.

 

VIGÉSIMA OCTAVA – Son causas de rescisión del presente contrato, el incumplimiento de cualquiera de las partes, a las obligaciones que son a sus respectivos cargos conforme al mismo, así como el incumplimiento por cualquiera de las partes a las condiciones señaladas en el anverso del presente contrato. En tales casos, se aplicará a la parte que incumpla, los mismos cargos y penalidades establecidos en este contrato para el caso de cancelación.

 

VIGÉSIMA NOVENA.- El presente contrato se celebra únicamente entre KROA y el CLIENTE, por lo tanto, la primera no tiene responsabilidad directa con los pasajeros y toda reclamación en su contra deberá ser formulada por el CLIENTE.

TRIGÉSIMA.- KROA entrega copia del presente contrato al CLIENTE, quien lo recibe de conformidad para sí y se compromete a entregarlo al usuario final del servicio cuando éste sea persona distinta de aquél.

 

TRIGÉSIMA PRIMERA.- El presente contrato se celebra para seguridad de las partes, por lo que ambas convienen en no reconocer valor alguno a convenios ó acuerdos de carácter verbal de cualquier naturaleza y dejan sin efecto cualquier tipo de acuerdo previo al presente.

 

TRIGÉSIMA SEGUNDA.- El contenido del presente contrato podrá ser citado, referido, resumido, extractado o transcrito en los catálogos generales de productos y en los documentos de viaje de KROA.

TRIGESIMA CUARTA: AVISO DE PRIVACIDAD.- Previo a la firma del presente Contrato y en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, La agencia hizo del conocimiento al CLIENTE  del aviso de privacidad, el cual se encuentra en artículo 16 fracción I y II, así como del procedimiento para ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de sus datos personales (en adelante, derechos “ARCO”).

 

 

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